Cultural Regional

Protestas en contra del Orientador Turístico.DS-004-2019-MINCETUR

MONTAÑA DE VINICUNCA

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Montaña de colores VININCUNCA !!!!
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Montaña de colores VININCUNCA !!!!

Esta norma, aprobada a través del D.S. Nº 004-2019-MINCETUR, tiene como objetivo regular actividades especializadas de guiado, de acuerdo con la Ley Nº 28529, Ley del Guía de Turismo. 

El Mincetur explicó que, el aspecto más importante de este reglamento, es que ahora los guías y orientadores turísticos, así como los licenciados de turismo, deberán tramitar una acreditación para ejercer actividades de alta montaña, caminata, observación de aves y ecoturismo.

“A través de la acreditación, los turistas podrán comprobar de manera eficaz e inmediata si los guías, orientadores y licenciados cuentan con los conocimientos y capacidades necesarias para desarrollar actividades especializadas brindando un servicio seguro”, explicó.

Los guías y orientadores turísticos deberán solicitar su acreditación ante las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR) de sus respectivas regiones. Por su parte, el licenciado de turismo, para ejercer cualquiera de las actividades especializadas, deberá inscribirse en el Registro Nacional del Mincetur, a través del Colegio de Licenciado en Turismo, ante la DIRCETUR.

“Para desarrollar estas actividades especializadas, el guía y el licenciado de turismo colegiado tendrá que acreditar una formación académica; mientras que el orientador deberá mostrar un Certificado de Competencias Laborales, otorgado por un centro certificador autorizado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y, además, pasar por un proceso de evaluación, a cargo de la DIRCETUR”, detalló el Mincetur.

Cabe precisar que los guías y licenciados de turismo podrán prestar sus servicios a nivel nacional; en tanto los orientadores lo podrán hacer en un ámbito circunscrito determinado por las DIRCETUR.

“Esta norma nos permite avanzar en la misión de desarrollarnos como un destinoturístico seguro, garantizando una experiencia de viaje sin poner en riesgo la vida e integridad de todos los turistas.  De esta manera, podemos consolidar al Perú como destino de Turismo Seguro”, sostuvo.

IMPORTANTE 

· Para la elaboración del reglamento, el Mincetur aplicó una estrategia de trabajo articulado con otras entidades públicas y privadas. En ese sentido, se organizaron reuniones de trabajo con participación del Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, SERNANP, CENFOTUR, gremios nacionales y regionales vinculados a la actividad turística.

· La aprobación del reglamento fue publicada el 30 de junio. Esteha sido elaborado en conjunto con entidades públicas y privadas, tales como el Ministerio de Trabajo, SERNAMP, el Centro en Formación en Turismo, los principales gremios representantes los guías de turismo y actividades especializadas, entre otros.

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/359042/D.S._N__004-2019-Reglamento_de_actividades_de_Guiado_y_modifican_Reglameno_Ley_del_Guia.pdf

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