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Denuncian a Magaly Medina por supuesto delito de propagación de Covid-19.

El periodista César Vignolo González denunció a la conductora de televisión, Magaly Medina, ante la Segunda Fiscalía Penal de San Isidro, por el presunto delito de propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa, conforme al artículo 289 del Código Penal.Artículo 289.- El que, a sabiendas, propaga una enfermedad peligrosa o contagiosa para la salud de las personas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años. Si resultan lesiones graves o muerte y el agente pudo prever estos resultados, la pena será no menor de diez ni mayor de veinte años.En su cuenta de Facebook, el periodista dio más detalles de su denuncia:Inclusive Ney Guerrero, que es productor de Andina de Radiodifusión SA (ATV Canal 9), está contagiado de coronavirus, así como Magaly Medina, conductora del programa “Magaly TV la firme”, que se transmite por dicha empresa televisora, la cual tiene mucha responsabilidad.Magaly viene haciendo su programa desde su domicilio, poniendo en riesgo la salud de la gente de producción. Que ella afirme “Nosotros en el canal tenemos un grupo de infectólogos de una conocida clínica que nos asesora en todo momento y así ha sido desde el día uno”, pero… están contagiados, agregando que “Las únicas tres personas que vienen a la transmisión del programa ya han sido contagiadas por COVID-19. Según el protocolo del Minsa, ellos pueden estar aquí porque aún son inmunes. Igual se les hace pruebas cada 15 días”, toda una bestialidad de la conductora.El Código Penal prevé el delito de propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa (artículo 289). Es un delito de peligro que protege la salud de manera previa a su efectiva lesión y está dirigido a personas que -sin padecer la enfermedad- extiendan, multipliquen o reproduzcan una enfermedad peligrosa o contagiosa para la salud y, requiere que la persona lo haga a sabiendas de que lo que hace, cause que se propague el virus entre las demás personas con las características graves antes indicadas, que es el caso concreto de Magaly.Alguien que sepa que ha sido diagnosticado con Coronavirus que, a su vez, fue declarada por las autoridades sanitarias como “altamente contagiosa”, comete este delito si llegase a contagiar a otras personas. Ello, aunque no quiera contagiarlas, pues para que se configure este delito sólo se exige saber que se trata de coronavirus y, que con su insano comportamiento la está propagando a otros.Magaly, paciente ya diagnosticada, el solo hecho de hacer el programa desde su domicilio y cause que otros se contagien de coronavirus es un delito. La pena es la cárcel entre tres y diez años y, si sumado a ello, este contagio causa lesiones graves o muerte que pudieran haber sido previstas, la pena se incrementa hasta un máximo de veinte años.Además del delito cometido, también hay que considerar los delitos de desobediencia a la autoridad, como herramientas previas de protección y al canal.

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